BUSCAR TEMA

Esto es ilegal en Yucatán, que no te agarren en curva


Algunas de las actividades que realizan determinadas personas en Ciudad Caucel pero estan penados por la ley del estado desde hace algunos años.

Quemar basura (hierba, hojas, desperdicios)

Tirar basura en la calle (cualquier tipo)

Maltrato o Crueldad en contra de los animales domésticos.

Hacer ruido, escándalos o música fuerte después de las 3:00 am

La portación y posesión de armas de fuego

La portación en la vía publica de arma blanca (navaja o cuchillos).

Destruccion o estropeo de señalamientos viales o postes.

Posesion de narcoticos.

Beber alcohol en la via publica.

No poseer seguro contra daños a terceros para tu automovil.

Uso de casco obligatorio para los motociclistas y pasajeros de estos.

Circular automóvil en sentido contrario en fraccionamientos con mas de 6 meses de edificación (incluye retornos y calles)

Usar durante la conducción de un automóvil o motocicleta dispositivos de telefonía móvil y cualquiero otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar a través de un dispositivo manos libres.

Usar audífonos, con excepción de aquellos aparatos que cuenten con un solo auricular.

Pantallas, monitores de TV o reproductores en el automovil que estén a la vista del conductor; Se exceptuan las que sean necesarias para el conductor como para observar acceso o bajada de peatones, para observar cámara de maniobras traseras o dispositivos GPS.

Conducir alcoholizado

Traer polarizados en los automóviles (acepto HP del grado 38 al 28, y NR del grado 38 al 28. Al igual que Vehículos de otros estados con polarizados superiores a los establecidos, podrán circular sólo con ventanillas abiertas.)

Circular en un automóvil con un menor de edad en el asiento delantero

Circular en un automóvil con un menor de edad en el asiento sin silla para bebé (hasta los 5 años).

No traer dos retrovisores laterales y uno interior del automóvil

No utilizar el cinturón de seguridad

Sujertar a personas, animales, objetos o realizar cualquier acción que distraiga su atención o impida la conducción del vehículo.

Cambiar de carril dentro de pasos a desnivel (puentes de periférico).

Transitar con aparatos estereofónicos encendidos rebasando los límites de decibeles establecidos en el reglamento. (90 decibeles).

Empalmarse con otro vehículo o rebasarlo utilizando un mismo carril de circulación.

Hacer uso de más de un carril a la vez.

Límites de Velocidad:

· En carreteras: Máxima de 80 km/h y mínima de 60 km/h

· Periférico de Mérida:

- Carril central: Máxima de 90 km/h y mínima de 70 km/h

- Carril izquierdo: Máxima de 90 km/h y mínima de 70 km/h

- Carril derecho: Máxima de 80 km/h y mínima de 60 km/h

· Avenidas divididas por camellón: Máxima de 60 km/h y 40 km/h mínima

· Calles: Máxima de 40 km/h y Mínima de 20 km/h

· Zonas escolares, de hospitales, templos y frente a centros de reunión: 20 km/h


Evitemos multas de hasta $5,675.00 o peor aun alguna tragedia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

¿QUE OPINAS DE ESTO?

::: TAMBIEN PUEDE INTERESARTE :::